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Encuentro Nacional de la Defensa Pública

Congreso de la Defensa Pública Oficial del MERCOSUR

COMISIONES Y SUS CONCLUSIONES

Comisión Nº 1

“La ética del Defensor Oficial”

Comisión Nº 2

“Las relaciones con Jueces, Fiscales y la Comunidad”

Comisión Nº 3

“Como incide la pobreza y la marginación en la labor de la Defensa Oficial”

Comisión Nº 4

“Como cuidar y proteger a los que protegen”

Comisión Nº 5 Comisión Nº 6 Comisión Nº 7
“Fortalecimiento de la Defensa Pública como garantía del acceso a la justicia” “Sistema de protección interamericano de derechos humanos” “Extradición. Problemática de las personas privadas de libertad”

 

 

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COMISIÓN Nº 1:

Tema: “La ética del Defensor Oficial”

 

Coordinadores: Dr. André Luiz Machado de Castro (Brasil)

                      Dr. Emilio Sabih (Mendoza. Arg.)

Redactora: Dra. Teresa Carnaval de Davio (Tucumán. Arg)

 

CONCLUSIONES: (aprobadas por unanimidad)

 

        La Defensa Oficial asegura una mejor prestación del servicio de la Defensa Pública, dirigida a toda la población pero especialmente a aquellos de menores recursos.

        El Defensor Oficial, como servidor público, debe tener garantizado el ejercicio de su profesión a través de estabilidad, salario digno, inamovilidad, presupuesto propio e independencia para ejercer su función; de este modo podrá asistir integralmente, sin diferencias ni privilegios a quienes necesiten defender sus derechos.

        La Ética del Defensor esencialmente es la misma del hombre común: La Ética se forma desde la cuna, pero como específica para su tarea proponemos su capacitación conforme tres principios básicos:

1)    Usar todos los instrumentos legales para defender los intereses de los justiciables.

2)    Buscar siempre una solución salvadora y pronta para sus clientes.

3)    Prestar servicio de alta calidad.

 

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COMISIÓN Nº 2:

Tema: “Las relaciones con Jueces, Fiscales y la Comunidad”

 

Coordinadores: Dr. Leopoldo Portella Júnior (Brasil)

                      Dr. Domingo Fernández (Santa Cruz. Arg.)

Redactora: Dra. Claudia Carvajal Zieseniss (Formosa. Arg)

 

CONCLUSIÓN (aprobada por mayoría).

 

        Reafirmar la imperiosa necesidad de estructurar una defensa pública independiente y autónoma, con una jefatura diferente a la del Ministerio Público Fiscal, como requisito esencial para asegurar la inviolabilidad de la defensa en juicio.

 

CONCLUSIONES (aprobadas por unanimidad)

 

        A.- Reafirmar la preocupación de este Encuentro por la Resolución de la C.S.J.N que ignora la prórroga de plazo concedido por el Art. 158 C.P.C. y C.N. en tanto obstaculiza el acceso a la justicia de quienes no ejercen su ministerio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

        B.- Manifestar la necesidad de dar a conocer a la comunidad, por los medios que correspondiesen, en que consiste la labor de la Defensa Pública.

        C.- Propiciar la reforma del Art. 163 del C.P.P.N. y similares de las provincias, eliminando la condición de perentoriedad e improrrogabilidad de los plazos posibilitando su extensión.

 

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COMISIÓN Nº 3:

Tema: “Como incide la pobreza y la marginación en la labor de la Defensa Oficial”

 

Coordinadores: Dr. Rómulo Patti (Neuquén. Arg)

                      Dr. Gustavo E. Kollmann (Cap. Fed. Arg.)

Redactora: Dra. Myriam Bonetto (La Rioja. Arg)

 

CONCLUSIÓN (Aprobada por unanimidad)

 

        Se establece unánimemente que la pobreza y la marginación, sin lugar a dudas, incide notablemente en el incremento de las tareas inherentes al Ministerio Público que nos ocupa.

        En tal sentido, se proponen las soluciones que a continuación se detallan a modo de conclusión de las diferentes opiniones vertidas por los colegas participantes:

 

1)        Recomendar la aplicación de técnicas alternativas de solución de conflictos (como por ejemplo la mediación), y la creación de cuerpos interdisciplinarios que dependan de la Defensa Pública.

2)        Propiciar la necesidad de que se brinde capacitación en diversas disciplinas a los Defensores Públicos (v. Gr. Psicología, medicina forense, etc...).

3)        Reivindicar la función social de la Defensa Pública e implementar mecanismos de difusión para concienciar a la sociedad de las problemáticas que se derivan de la pobreza, la marginación y la exclusión social, a los fines de que la comunidad se comprometa y participe.

4)        Impulsar el trabajo mancomunado de la Defensa Pública y las organizaciones intermedias.

5)        Promover el ejercicio formal y efectivo de la totalidad de las facultades y obligaciones del Ministerio Público de la Defensa por parte de quienes lo integramos.

6)        Bregar sostenida e incansablemente por la provisión de los recursos materiales y humanos necesarios para que la Defensa Pública pueda garantizar en forma eficaz y efectiva ( y no meramente formal) el acceso a la justicia y el cumplimiento del debido proceso legal respecto de los pobres, marginados y desprotegidos.

7)        Recomendar a los gobiernos municipales, provinciales y nacional, el cumplimiento de las leyes ya existentes relacionadas con la actividad de la Defensa Pública y propiciar la legislación de todo aquello que fuera menester para el fortalecimiento de la misma.

8)        Impulsar la distribución de recursos materiales y humanos en forma equilibrada y equitativa dentro de los órganos que componen el sistema de justicia, equiparando a la Defensa Pública con el resto de los estamentos (Poder Judicial y Procuración).

 

Finalmente, a la propuesta efectuada por los integrantes de la Defensa Pública de la Pcia. de Mendoza, consistente en: “Requerir la implementación de modificaciones en el derecho de fondo a fin de sustituir el requisito de la reparación del daño exigido en la suspensión del juicio a prueba por medidas alternativas”, corresponde destacar que la misma fue sostenida por la minoría de los integrantes de la comisión.

 

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COMISIÓN Nº 4:

Tema: “Como cuidar y proteger a los que protegen”

 

Coordinadores: Dr. Mario C. Torres Leguizamón (Paraguay)

                      Dr. Sandra Yapur (Cap. Fed. Arg.)

Redactora: Dra. María V. Sanabria Centurión (Paraguay)

 

CONCLUSIÓN

 

        En relación a la disertación efectuada por la licenciada JOSEFINA SEMILLAN DE DARTIGUELONGUE, se postula que es fundamental tener conciencia de los propios límites y en tal sentido aparece importante para asegurar una protección y enriquecimiento mutuo, la creación de una red nacional e internacional que funcionaría en pro de capacitar y ayudar a los defensores públicos, optimizando los recursos humanos y técnicos con los que cuentan y logrando una unidad funcional necesaria para asegurar la defensa eficaz de nuestros asistidos, que a la vez serviría de ayuda a los propios defensores. Esta comisión solicitará la creación de una página de Internet, a partir de la finalización de este encuentro, a esos efectos.

        En otro orden de ideas, la licenciada Dartiguelongue manifestó que en bioética, los defensores oficiales pertenecemos a una población de alto riesgo, situación que fue plenamente corroborada en esta comisión a través de los comentarios de las distintas experiencias que relataron nuestros colegas. En tal sentido la Defensora General de Paraguay, planteó la necesidad de buscar mecanismos de seguridad para nuestro resguardo y protección en caso de agresiones o apremios sufridos.

        Asimismo, se habló sobre la necesidad de generar una conciencia que permita convocar a nuevos encuentros similares al presente para luego de incentivar la comunicación, permitir la contención del defensor con supervisión de personal capacitado al efecto y por último llegar al control de ostión de aquel.

        Los defensores debemos protegernos utilizando los medios técnicos jurídicos que nuestra profesión nos brinda, requiriendo constantemente tanto al Poder Judicial como a los organismos provinciales, nacionales e internacionales que se cumpla lo reclamando en pro de fortalecernos sin temores.

        Se peticiona la creación e implementación de la ley de Ministerio Público, para aquellas provincias y países que no la posean.

        Se sugirió además solicitar, por medio de quien corresponda un presupuesto acorde con las funciones que el Defensor Público desempeña.

        Por último y dentro de la trilogía del “SOY, VALGO E IMPORTO” que el Defensor debe defender a pesar de contar con mínimos recursos, debemos con la pasión profesional necesaria y como obligación ética que es, ser creativos a fin de equilibrar nuestras desventajas y lograr la resignificación y revalorización que nos permita que se conozca nuestra tarea en todos los estamentos sociales y ratificar así nuestra condición de ser humano digno.

 

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COMISIÓN Nº 5:

Tema: “Fortalecimiento de la Defensa Pública como garantía del acceso a la justicia”

 

Coordinadores: Dr. Gabriela Labat (Río Negro. Arg)

                      Dr. Carlos Giandoménico (Santa Fe. Arg.)

Redactora: Dra. (. Arg)

 

CONCLUSIONES

 

        Se aprobaron las siguientes recomendaciones:

                1.- El criterio para conceder el Beneficio de litigar sin gastos o el patrocinio del Defensor Oficial debe ser amplio y debe basarse en el reconocimiento de la situación de hecho que es la escasez de recursos. Los jueces, al otorgar el beneficio, o el defensor al aceptar el caso, no realizan una “graciosa concesión” sino que reconocen una situación, en cumplimiento de las normas de la Constitución Nacional y de los Tratados Internacionales que imponen al Estado la obligación de garantizar el acceso a la jurisdicción (Unanimidad).

                2.- Creación de Defensorías Regionales en los lugares alejados de los centros judiciales y que concentren cantidad significativa de población, para facilitar el acceso a la jurisdicción (Unanimidad).

                3.- Se rechazan los sistemas de Defensa mixtos y/o privatización del servicio, sin perjuicio de la colaboración que puedan brindar los Colegios de Abogados u otras Organizaciones no Gubernamentales a través de las asesorías gratuitas propias, sin colaboración económica del Estado (Unanimidad y aclamación).

                4.- Reafirmar el principio que la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales consagran la obligación indelegable y excluyente del Estado de proveer la Defensa Pública Oficial como garantía del acceso a la justicia.

                La Defensa Pública deberá integrar con igual jerarquía la tríada necesaria de acusación, Defensa y jurisdicción. (Unanimidad y aclamación).

                5.- Se propone adecuar las constituciones y leyes provinciales al Art. 120 de la Constitución Nacional. Se aprobó por simple mayoría, dejando expresa constancia a solicitud de asistentes de la Provincia de Córdoba su expresa oposición a esta propuesta.

                6.- La comisión declara su expreso apoyo a la moción formuladla por el representante de Bolivia que consiste en propiciar la reforma de los sistemas judiciales de los países de Latinoamérica que no contemplen el fortalecimiento del Ministerio Público de la Defensa acorde con las recomendaciones de este Congreso.

                7.- Además esta comisión proclama el rechazo expreso a la privatización o a la implementación de sistemas mixtos de la defensa pública oficial.

 

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COMISIÓN Nº 6:

Tema: “Sistema de protección interamericano de derechos humanos”

 

Coordinadoras: Dra. Noyme Yore Ismael (Paraguay)

                      Dra. Eleonora Devoto  (Cap. Fed. Arg.)

Redactor: Dr.  Jorge Jiménez (Paraguay)

 

CONCLUSIONES

 

 Se trabajó profusamente y a “sala llena”, en forma básicamente exploratoria, atento a las características en cierta forma novedosas de la temática.

        Las conclusiones a las que se arribó pueden resumirse en los siguientes puntos:

                1.- Recomendar a los países integrantes del MERCOSUR y Latinoamericanos en general que carezcan de previsión específica, que se asegure el reconocimiento CONSTITUCIONAL de la defensa pública oficial.

                2.- Ratificar la legitimación activa de la defensa pública oficial para ocurrir ante los organismos de protección internacional, especialmente en los supuestos de transgresiones a la vigencia de los derechos humanos insuficientemente amparados en el ámbito interno.

                3.- Fomentar y difundir la capacitación permanente de los integrantes de los servicios de defensa pública a fin de interponer los mecanismos legales y recursos específicos de manera eficaz ante los organismos que componen el Sistema Interamericano de Protección.

 

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COMISIÓN Nº 7:

Tema: “Extradición. Problemática de las personas privadas de libertad”

 

Coordinadores: Dra. Stella Maris Martínez  (Cap. Fed. Arg)

                      Dra. Cecilia Boeri (Pcia. de Buenos Aires. Arg.)

Redactor: Dr. Darío Carrara (Campana, Pcia. de Buenos Aires  Arg)

 

 

CONCLUSIONES (por unanimidad)

 

        I.- Extradición:

                1.- Recomendar que se arbitren los mecanismos para impulsar modificaciones a la Ley Cooperación Internacional, con el fin de que se garantice de manera efectiva la doble instancia jurisdiccional, y se viabilice la eximición de prisión y la excarcelación en los casos que corresponda.

                2.- Celebrar convenios de cooperación entre la Defensa Pública Oficial de los países del MERCOSUR con la finalidad de establecer relaciones con los Defensores del país requirente a los efectos de beneficiar el ejercicio de la defensa del extraditable.

 

        II.- Problemática de las personas privadas de la libertad:

 

                1.- Denunciar las condiciones inhumanas y degradantes a las que se encuentran sometidas a las personas privadas de su libertad en los institutos de menores, carcelarios y comisarías de todo el país, en franca violación a lo estipulado en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

 

                2.- Reafirmar el compromiso indelegable de la Defensa Pública en el resguardo integral de los Derechos Humanos en el ámbito regional, ya sea denunciando la violación de los mismos, como demandando el cumplimiento de los actos positivos necesarios para garantizar su efectividad.

 

                3.- Declarar que el proceso penal y sus garantías no finalizan con el pronunciamiento de la sentencia condenatoria sino con el agotamiento y cese de todos los efectos de la pena.

 

                4.- Propiciar que en las diferentes jurisdicciones se dicten y/o en su caso, se modifiquen las leyes que regulan la imposición de sanciones a los privados de la libertad, para que aquellas, sean suspendidas en su aplicación hasta su revisión en sede judicial con plena vigencia del derecho de defensa.

                5) Exigir que se respete la dignidad humana de los internos evitando los sistemas vejatorios de vigilancia, el aislamiento riguroso, el ocio forzoso y toda otra medida que mortifique a los privados de la libertad más allá, delo que la propia condena implica.

                6) Reclamar la implementación de medidas de cooperación comunitaria en el ámbito carcelario, que tiendan a integrar socialmente a los condenados.

 

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